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02 de Agosto, 2010 · General

Madrid. nueva ordenanza para agilizar las licencias de actividades con la entrada de colaboradores privados

Permitirá que el 60% de los negocios puedan abrir sin trámites administrativos, según el Ayuntamiento MADRID, 16 (SERVIMEDIA) La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid aprobó hoy un proyecto de Ordenanza para la gestión y control de licencias urbanísticas de actividades y negocios que permitirá que entidades privadas acreditadas y autorizadas colaboren con el Consistorio en la concesión de estas licencias.

La nueva ordenanza, que fue presentada en rueda de prensa por el alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, y el concejal de Hacienda, Juan Bravo, permitirá que estos organismos de control urbanístico (OCU) examinen la documentación presentada por quien pretenda instalar una actividad en la capital y emitirán un certificado de actividad que permitirá ponerla en marcha.

Según Bravo, la nueva norma permitirá que en el 60% de los casos se podrá poner en marcha la actividad o negocio con una simple comunicación al Ayuntamiento, sin necesidad de tramitación administrativa. El empresario se dirigirá a una de estos organismos colaboradores con toda la documentación y en el plazo de 15 días le emitirán un certificado para desarrollar su actividad con normalidad.

La ordenanza reduce de cuatro a tres los procedimientos para tramitar licencias urbanísticas de actividades, de manera que para la mayoría de las solicitudes de licencia, al no precisar las obras proyecto técnico firmado por un arquitecto, bastará una mera actuación comunicada al Consistorio.

Sería el caso, por ejemplo, del cambio de actividad en un local que pasara de zapatería a librería o de bar a actividad comercial, o bien la apertura de un despacho profesional en una vivienda. Sin embargo, para la apertura de un bar siempre se requeriría licencia.

Gallardón aseguró que la nueva normativa favorecerá la dinamización de las actividades económicas y de negocios en la capital en un momento de crisis e incidirá directamente en la creación de empleo. Según explicó, se trata de sustituir el control previo en la concesión de licencias por una supervisión de la actividad.

La ordenanza presentada hoy abarca todas las solicitudes de licencia de actividades con o sin obras, pero las licencias de obra en el sector residencial, que suponen alrededor de un 50% del total de solicitudes de licencias que recibe el Consistorio, seguirán rigiéndose por la actual Ordenanza de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 2004.

No obstante, Bravo apuntó que no se descarta que en un futuro, cuando la nueva ordenanza aprobada hoy esté plenamente en vigor, aplicar este nuevo modelo de gestión y control de las licencias urbanísticas que permite la entrada de entidades privadas en la concesión de licencias de obra relativas al sector residencial.

TASA DEL AYUNTAMIENTO Los OCU, que comenzarán a actuar a partir de abril de 2010, deberán cumplir con los requisitos de solvencia técnica y económica, independencia e imparcialidad que permitan su acreditación por parte de la Entidad Nacional de Acreditación y estar autorizadas por el Ayuntamiento para realizar esta labor. Según Bravo, el colegio de arquitectos y otros colegios profesionales podrán crear una OCU si cumplen las exigencias establecidas.

Con la nueva ordenanza, el empresario que quiera poner en marcha una actividad deberá pagar un precio a la entidad colaboradora por la certificación que le emita. Bravo se comprometió a que el Ayuntamiento revisará la tasa por la obtención de licencias, que dijo que "prácticamente desaparecerá en las de actividad", y se mostró seguro de que este nuevo sistema favorecerá económicamente al empresario.

Explicó que el Consistorio establecerá un precio máximo para estos organismos colaboradores, pero que a partir de ahí habrá competencia entre los OCU, sin que ello afecte a la seguridad en la concesión de estas licencias, ya que explicó que habrá una serie de protocolos sobre la interpretación de la normativa vigente.

Esta nueva ordenanza, totalmente novedosa en España, según los responsables municipales, se someterá a un plazo de información pública de 30 días para la presentación de alegaciones antes de su aprobación en el Pleno.

Fuente: www.ecodiario.eleconomista.es

publicado por licencias a las 14:21 · Sin comentarios  ·  Recomendar
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